En España durante el siglo XIX y principios del siglo XX la cédula personal era parte de la documentación de una persona, pero no correspondía con lo que posteriormente, y a partir del año 1944 vino a ser el Documento Nacional de Identidad, el conocido DNI español.
La cédula personal era un número de identificación de los ciudadanos que realizaban alguna comunicación a la Administración local, se expedía con ocasión de la reclamación, instancia o solicitud que se hacía a un Ayuntamiento, en este caso a la Junta de Arbitrios de Melilla y se expedía en una fecha anterior muy cercana al acto administrativo en cuestión.
Esta cédula trasmitías los datos de los padrones municipales del momento, costando en ellas: nombre del portador, lugar de nacimiento y provincia, edad de la persona, estado civil y profesión, los años de residencia en la ciudad, el habitad y numero de calle. Además de la fecha de expedición del documento.
Otro requisito identificador era el número impreso de la cédula, que como anotación se trascribían al registro de los padrones municipales del momento. El número impreso de la cédula variaba según el año de expedición del documento, al tener éste validez de un año. Como curiosidad, también indicara la tasa (25 céntimos) de tramitación, que tendrían que abonarse a la renovación o pérdida de este.
Esta cédula personal de Don Miguel Cazorla Palenzuela (mi abuelo) nos comunica el año de su llegada a Melilla con 32 años de edad, de la que se cumplen su centenario.
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